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Cuidar sostiene la vida: es un derecho y una cuestión de justicia

Por Itzel Lozada

“Los cuidados de la crianza son indispensables para la reproducción humana, ninguno de nosotros estaríamos aquí si no fuera porque en algún momento de nuestras vidas alguien nos crio, nos cuidó y dejó de hacer cosas, incluso pospuso su vida, para que nosotros sobreviviéramos…”

— Daniela Rea Gómez, Fruto

29 de octubre. Día Internacional de los Cuidados y el Apoyo

La Asamblea General de las Naciones Unidas declaró el 29 de octubre como el Día Internacional de los Cuidados y el Apoyo, con el propósito de visibilizar los trabajos de cuidado y reconocerlos como pilares indispensables para el bienestar social y para el sostenimiento de las economías.

Esta fecha nos recuerda que sin cuidados no hay vida posible y que urge invertir en la economía del cuidado mediante sistemas integrales que promuevan la corresponsabilidad entre el Estado, la sociedad, el mercado y los hogares. Todo ello desde una perspectiva de género, interseccional y de derechos humanos.

¿Quiénes cuidan?

El trabajo de cuidado contempla actividades indispensables para la vida cotidiana: desde las tareas de cuidado directo, como cuidar a infancias o atender a personas enfermas hasta las tareas de cuidado indirecto, como cocinar o realizar tareas domésticas.

Cuando estas actividades se realizan sin recibir una compensación económica, hablamos de trabajo de cuidados no remunerado. Aunque no genere ingresos, se debe reconocer como trabajo: una labor que permite el funcionamiento de los hogares, las comunidades y la economía en general.

Por otro lado, el trabajo de cuidados remunerado es aquel que realizan las personas trabajadoras del sector de cuidados a cambio de una compensación económica o beneficio. Este grupo incluye a personal médico, de enfermería y de atención personal, así como a trabajadoras y trabajadores domésticos que realizan tanto cuidados directos como indirectos en los hogares.

Según la Organización Internacional del Trabajo (2024), las mujeres realizan el 76,2% del trabajo de cuidado no remunerado en el mundo, lo cual implica que dedican 3.2 veces más tiempo que los hombres a estas labores. Esta desigualdad tiene consecuencias profundas:  impacta directamente en la inserción laboral de las mujeres, en su permanencia en el empleo y en la calidad de los puestos a los que acceden, así como tambíen se vulnera su autonomía reproductiva, todo lo cual perpetúa sistemas de discriminación y de desigualdad estructural.

En resumen: el sistema económico mundial se sostiene sobre el trabajo invisible de las mujeres y dpersonas que cuidan.

El cuidado como derecho humano: un nuevo paradigma

En 2025, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) dio un paso histórico al reconocer por primera vez que el cuidado es un derecho humano autónomo.

A través de la Opinión Consultiva 31 estableció que todas las personas tienen derecho a cuidar, ser cuidadas y cuidarse a sí mismas, y que los estados deben garantizar el tiempo, los recursos y los espacios necesarios para ejercer ese derecho y desarrollar un proyecto de vida con autonomía.

Además, la Corte IDH subrayó que este derecho no puede entenderse sin una mirada interseccional: las desigualdades de género, clase, edad, etnia o condición migratoria inciden directamente en quién cuida y quién puede ser cuidado.

Por ello, instó a los estados a implementar políticas públicas y reformas legales, educativas y laborales que redistribuyan el  cuidado de forma equitativa: reconociendo su valor económico; estableciendo licencias de paternidad obligatorias, pagadas y equiparables a las de maternidad; garantizando flexibilidad laboral para personas cuidadoras, y fortaleciendo redes comunitarias de apoyo.

Asimismo, se establece que el derecho al autocuidado requiere que se garanticen servicios de salud sexual y reproductiva con acceso a información precisa y oportuna, así como la obtención del consentimiento previo, libre e informado. 

Cuidar como acto político y de justicia social

Con esta resolución, la Corte IDH no solo sienta un precedente jurídico: abre un horizonte de transformación social. Reconoce que sin cuidados no hay vida, y que cuidar no debe ser una tarea privada ni una obligación individual, sino una responsabilidad colectiva y compartida.

Reconocer el cuidado como un derecho humano es también saldar una deuda histórica con quienes sostienen la vida día a día, en su mayoría mujeres, muchas de ellas en condiciones de desigualdad y precariedad.

Porque cuidar es un acto político, una demanda de justicia y un llamado urgente a construir sociedades que pongan la vida y el trabajo de cuidado en el centro.