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Libertad de expresión vs discurso de odio y homofobia

Por Fátima González Rodríguez

La libertad de expresión como derecho, tiene tal importancia y preferencia frente a otros por ser la piedra angular de nuestra democracia. Se tendría que ver el caso específico pero en la mayoría de las veces, se dejarán a un lado los intereses particulares a efecto de no vulnerar la libertad de expresión. No obstante, esta libertad tiene sus límites.

La libertad de expresión se ve limitada cuando ésta se convierte en un discurso de odio, es decir, cuando el mensaje incita al odio y a acciones de desaprobación. El discurso de odio no es el único limitante, existe otro, y se trata del discurso discriminatorio, que dentro de éste se encuentra el discurso homofóbico. En todos estos casos, el derecho puede entrar a sancionar la expresión de ideas cuando haya una intención de dañar, sea falsa o incite a la violencia.  A esta protección jurídica se le conoce como protección de malicia efectiva.

¿Es necesario demostrar que existe un peligro real e inminente para limitar la libertad de expresión? Es decir, si ¿verdaderamente se está incitando al odio con tal discurso? En relación con las manifestaciones homofóbicas no es necesario, éstas son con independencia de que constituyan un riesgo.

Tratándose del trabajo de quien se dedique al periodismo, la libertad de expresión puede llegar a ser ruda, incomoda o bien, puede no ser del todo recibida, e incluso puede llegar a causar incitación o indignación. En este caso, si el tema de debate es de interés público, la libertad de expresión tiene límites de crítica más amplios, protegiendo las ideas del periodista y también la forma en que las emite. Aún así, no son tolerables en ningún caso, los discursos de odio o discriminación.

Como tal, no hay un derecho constitucional a insultar, pero tampoco está prohibido. Es muy necesario analizar el contexto y la situación en la que se dan, porque no es lo mismo insultar a alguien, que emitirle un discurso homofóbico, aquí ya hablamos de un caso de discriminación y la discriminación por la orientación sexual de una persona, sí se encuentra sancionada por la ley.

¿Qué pasa cuando se justifica por ser “cultura”? La cultura no es ninguna permisión, ni ningún atenuante. La cultura debe respetarse, sí, pero la cultura mexicana es sumamente homofóbica,  proveniente a su vez, de la cultura machista.

Por ejemplo, la palabra “maricón”, viene de “marica” o “mariquita”, que son formas de decirles a las mujeres que se llaman María. Sin embargo, al decirle maricón a un hombre por el hecho de ser homosexual, se convierte en un intento de ridicularizar la feminidad de los hombres.

Aunque se tenga muy arraigado el machismo y la homofobia en México, el simple hecho de que exista, no significa que la Corte tenga que convalidar esas violaciones a la dignidad, la igualdad y a los derechos humanos, basándose en que es cultura con frases como “es que siempre han sido así las cosas”.

Estas palabras no desaparecen de nuestro vocabulario, y tampoco es que de manera muy estricta, esté prohibido decirlas. Reitero que es muy importante ver el contexto. Si se trata de un discurso discriminatorio que a la vez genera un discurso homofóbico, donde no hay necesidad de decirlas, o si se trata de la comunidad queer reapropiándose de este lenguaje que alguna vez nos insultó. Para que el uso de estas palabras no se convierta en un discurso de discriminación, tiene mucho que ver con cuál es la finalidad con la que se dicen aquellas palabras. ¿Para insultar? ¿Para reapropiarse? ¿Como broma?

Tengamos en cuenta que el lenguaje moldea a la sociedad, crea imágenes, y ayuda a crear estereotipos. Acaba fomentando cierto tipo de actitudes de exclusión y justifica acciones negativas hacia estos grupos. El debate, la crítica y la libertad de expresión, sí están protegidos, pero no los discursos de discriminación ni de homofobia, porque entonces estaríamos solo perpetuando estereotipos de inferioridad y de exclusión.

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